República de Colombia
![]()
Corte Constitucional
Presidencia
Oficina de Comunicaciones
Boletín de prensa 13 de mayo de 2011
EL TIEMPO
EL NUEVO PRESIDENTE DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL VISITARÁ COLOMBIA
El coreano Sang-Hyun Song llegará al país atendiendo una invitación del presidente Santos.
Sang-Hyun arribará al país el próximo martes y se reunirá con autoridades de las diferentes ramas del poder público, según anunció la canciller María Ángela Holguín.
"La idea es que se reúna con el Presidente, con las Cortes, con el Procurador, con la Fiscal General", dijo la ministra Holguín, quien resaltó la importancia de la visita. "El verá los avances que ha hecho Colombia en la Justicia, en muchos de los campos que ellos han estado mirando", agregó.
"Entre más vengan y vean la independencia de la Justicia en Colombia y los avances que ella ha tenido, es muy positivo para el país", puntualizó la ministra.
En diciembre pasado, el presidente Santos participó en la IX Asamblea de Estados parte del Estatuto de Roma de la CPI.
En esa ocasión resaltó que "a pesar de las muchas dificultades, Colombia no ha declinado en su lucha por la Justicia".
La ministra también anunció que el viernes iniciará una gira que la llevará a Argentina y Paraguay.
En Buenos Aires, Holguín se reunirá con su homólogo, Héctor Marcos Timerman. La idea es continuar con la diversificación de la agenda bilateral en frentes como agroindustria, infraestructura portuaria, asuntos comerciales, derechos humanos y cooperación.
Esta visita de la canciller es también la antesala de la visita que el presidente Juan Manuel Santos realizará a Argentina en agosto próximo.
Este sábado la ministra Holguín viajará a Asunción. Allí participará en los actos conmemorativos del Bicentenario de Paraguay.
Por otra parte, la canciller le expresó "las más sentidas condolencias al Gobierno español por la pérdida de vidas humanas" ocasionada por los terremotos que sacudieron la ciudad de Lorca el pasado miércoles.
"Colombia, que igualmente se ha visto afectada por similares desastres naturales, acompaña el dolor que en estos momentos embarga a los familiares de las víctimas, a la Comunidad Autónoma de Murcia y a toda la Nación española y hace votos por la pronta recuperación de los heridos y el restablecimiento de esa importante Región española", afirmó la ministra.
LA IZQUIERDA Y LA DERECHA UNIDAS
Rudolf Hommes
Si hay una ley de víctimas es natural que cobije a las que han sido víctimas del Estado. La derecha no desea reconocer esta posibilidad.
Comparte este artículo
La derecha colombiana ha sido enemiga declarada de la ley; a la extrema izquierda tampoco le gusta.
Todo parece indicar que muy pronto será aprobada la ley de víctimas, que ha pasado a su último debate en el Senado y cuenta con el respaldo de la mayoría del Congreso, a pesar de los esfuerzos de la derecha y de la izquierda para descarrilarla, para reformarla, para desviarla o para limitar su alcance. Ha provocado especial discusión pública que la ley incluya en su definición de víctimas a las del Estado y contemple la existencia de un conflicto armado interno.
La derecha colombiana ha sido un enemigo declarado de esta ley, pero, pese a esa oposición, el Gobierno cuenta con el respaldo del Partido Conservador y del PIN. A la extrema izquierda tampoco le gusta la ley, aunque persigue objetivos que ellos comparten.
Sin embargo, no le gusta que desde el centro del espectro político le arrebaten banderas o que prospere el progresismo, que es hacia donde apunta la ley. Es un desagravio que se les brinda a los más afectados por la violencia que, ininterrumpidamente, ha tenido lugar en este país durante más de medio siglo en forma organizada.
Esta semana parecía que se desarrollaba una acción coordinada entre elementos de extrema izquierda y extrema derecha, en alianza con políticos regionales clientelistas, para alarmar al país sobre la posibilidad de que la ley motivara ocupaciones ilegales y masivas de tierra en ciertas regiones del país.
Las invasiones en Urabá alcanzaron a inducir una sensación de miedo a las consecuencias de la ley, que fue aprovechada hábilmente por la derecha, pero que rápidamente fue disipada cuando se reveló que las invasiones las habían promovido políticos clientelistas de uno de los partidos del Gobierno para posicionarse en las próximas elecciones locales.
No obstante, aunque hubiera sido irracional que lo hicieran, no habría sido extraño que las Farc hubieran promovido acciones campesinas de esta naturaleza.
Negar que exista un conflicto armado interno en Colombia desafía la lógica y va en contra de la evidencia, pero ha sido un elemento utilizado para que varios países hayan clasificado como terrorista a la guerrilla colombiana. Jorge Orlando Melo analiza este tema en su columna de esta semana en este diario y deja muy claro que conflicto interno, en castellano, es lo que ha sucedido en Colombia desde hace más de 50 años; y que los políticos utilizan el lenguaje para obtener resultados políticos y enredan lo que para todo el mundo es un hecho.
La guerrilla, también por razones políticas, se ampara en el concepto de conflicto armado interno para disfrazar o justificar sus actividades, pero difícilmente se va a quitar de encima su condición de terrorista.
Si hay una ley de víctimas, es natural que cobije a las que han sido víctimas del Estado. La derecha no desea reconocer esta posibilidad y pide que si agentes del Estado le hicieron daño a alguien hay que esperar a que un juez haya dictado sentencia para que pueda reclamar o recibir beneficios. La guerrilla utiliza la existencia de estos hechos como justificación para su actividad armada.
La utilización política del lenguaje por parte de los extremos no es una razón válida ni para que se diga que en Colombia no hay conflicto interno, o para que se coloque a las víctimas del Estado en una categoría inferior a la de las otras víctimas.
El otro tema que tiene a la derecha muy agitada es el de la tierra y su devolución a los desplazados. Si hay algo que provoca pasiones en Colombia es la propiedad de la tierra y esta ley y la de tierras son vistas como amenazas. Es un debate que se ha pospuesto en Colombia para preservar una falsa armonía, pero llegó la hora de dar esa discusión y de buscar soluciones como las contempladas en el proyecto de ley en curso.
TEORÍAS EN VEZ DE PRUEBAS
Plinio Apuleyo Mendoza
Si no hubo reales desaparecidos, la sombra inquietante que uno advierte en los procesos y fallos es la de una ciega presunción de culpabilidad.
Una monstruosidad jurídica, ha dicho el general Hárold Bedoya. Atroz, abominable, indignante son también algunos de los calificativos que llueven con toda razón sobre la sentencia que condena a 35 años de prisión al general Arias Cabrales.
Quien haya leído las 361 páginas de esta sentencia firmada por la jueza María Cristina Trejos no puede decir otra cosa. Como en el caso del coronel Plazas Vega, no hay una sola prueba que permita hacer responsable al general Arias de la desaparición forzada de 11 sobrevivientes del Palacio de Justicia.
Muchas fallas advierten los juristas en estas sentencias. La primera es la de no haber tomado en cuenta que en 1985 no existía el delito de desaparición forzada y que una ley posterior a esa fecha no puede tener un alcance retroactivo. Pero algo más perturbador: no se ha podido demostrar que quienes han sido señalados como desaparecidos lo fuesen realmente. Se han registrado falsos testimonios. Por ejemplo, René Guarín, antiguo secuestrador del M-19 y propulsor de manipuladas protestas públicas, dijo haber reconocido a su hermana Cristina entre quienes salían del Palacio, pero la persona por él señalada resultó ser una real sobreviviente, la ascensorista María Nelfy Díaz.
El libro 'Desaparecidos', del coronel Plazas Vega, presentado ayer, recuerda la reciente revelación de los 27 cadáveres sin identificar que desde el año 2000 están guardados en la Fiscalía. Además estudia, uno por uno, el caso de los 11 supuestos desaparecidos y concluye que, después de haber salido con vida del Palacio de Justicia, sólo Irma Franco fue una real víctima de agentes del Estado. "No fue desaparecida -escribe con toda honestidad Plazas Vega- sino asesinada, pero no por las fuerzas operacionales que rescataron al Palacio sino por integrantes de organismos de inteligencia". Este caso fue, por cierto, investigado por la Justicia Penal Militar.
En resumen: si no hubo reales desaparecidos, la sombra inquietante que uno advierte en los procesos y fallos puestos en manos de la jueza María Stella Jara, en el caso de Plazas, y de la jueza María Cristina Trejos, en el caso de Arias Cabrales, es el de una ciega presunción de culpabilidad. ¿Cómo se explica? Creo que un común desvío ideológico las lleva a ver comprensivamente a los asaltantes del M-19 y a los militares como movidos por un ciego afán represivo, el mismo que se hizo visible bajo las dictaduras de Chile y Argentina. A ese sesgo se suma el de los abogados del colectivo Alvear Restrepo, interesado, además, en configurar crímenes de Estado para obtener las cuantiosas indemnizaciones (500 mil dólares) que ahora deben pagarse a los familiares de cada supuesta víctima.
El dinero, en efecto, juega un gran papel en estos procesos. Es lo que debió mover a un extraño testigo para suscribir con un nombre falso (Villarreal en vez de Villamizar) una declaración también falsa contra el coronel Plazas, para luego desaparecer. ¿Quién le pagó? Por cierto, la jueza Trejos desechó a ese testigo y la jueza Jara la tomó como base de su condena. Es que la primera, en realidad, ha sabido maquillar mejor su desvío ideológico, vistiéndolo de especulaciones de alto nivel para lograr que la teoría cubra la falta de pruebas. Su sentencia, como bien lo señala Eduardo Mackenzie, recopila doctrinas de diverso origen; entre ellas, la cuestionada teoría del "actor mediato" o "del hombre de atrás", que extiende toda culpa a las máximas jerarquías.
Con estos argumentos, a tiempo que terribles asesinos pagan solo siete u ocho años de cárcel, el general Uscátegui paga 40 años, Plazas 30 años y ahora Arias Cabrales, 34. Tiene razón Rafael Nieto Loaiza: nuestro sistema judicial se debate entre el desastre y la vergüenza.
EL NUEVO SIGLO
INTERVENCIÓN GENERAL AL SISTEMA DE SALUD
Muchísimas son las informaciones que han sacado los periódicos en torno a lo que venía aconteciendo en las diversas EPS del país y a ello se sumó también una multiplicidad de debates parlamentarios, en especial el adelantado por el senador Jorge Enrique Robledo, quien, con pulso de cirujano, hizo la bisección del sistema.
Se espera, pues, que las actuaciones vayan más allá de Saludcoop, intervenida por dos meses ayer. Pero se sabe que muchas EPS tendrán que responder, salvo aquellas, por supuesto, que muestren su contabilidad y contratación en perfecto orden.
El asunto, en todo caso, es que el sistema de salud, casi desde la misma proclamación de la Ley 100, comenzó a sufrir todo tipo de salvedades. El Plan Obligatorio de Salud (POS) terminó siendo una fachada para atender otras patologías que, a instancias del mismo Estado, fueron erosionando todo hasta fundarse el diabólico sistema de recobros, que hoy está bajo la lupa de la Fiscalía.
Paulatinamente, entonces, se fueron dando las condiciones para crear un para-sistema, es decir, un ordenamiento lleno de vacíos, donde era imposible controlar y todo el mundo entró a sacar provecho en río revuelto.
Está bien individualizar las acciones, pero indudablemente el propio Estado, y en particular el Gobierno, tiene qué decir qué va a hacer, porque lo que se evidencia es un fracaso gigantesco en la administración de la salud, pese a estar contemplado el sistema como el mejor en América Latina y uno de los más organizados del mundo.
Todo ello se ha venido a pique en un momento. Y es fundamental en este instante el actuar del Gobierno no sólo para la galería, en el propósito laudable de hacer justicia, sino que oriente para dónde va todo el sistema y cuáles van a ser los cambios o refundaciones
A UN PASO DE SU APROBACIÓN PROYECTO PARA DEFINIR LITIGIOS TERRITORIALES
Hay algunos que ya suman décadas sin solución, mientras permanecen en los anales del Senado.
La próxima semana a la Cámara de Representantes le corresponderá votar la conciliación del proyecto que busca establecer herramientas más efectivas y ágiles para solucionar los litigios territoriales en Colombia. La Plenaria del Senado aprobó esta conciliación el pasado miércoles.
Según el congresista Luis Antonio Serrano, autor de la iniciativa, “con esta nueva herramienta legal, vamos a dar trámite a los diferendos limítrofes que hay en Colombia, incluyendo el existente entre Meta y Caquetá. En el proyecto hemos incluido un artículo transitorio, el cual establece que en un plazo no mayor de tres años, contados a partir de la vigencia de la presente ley, las Comisiones Especiales de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes revisarán y actualizarán los expedientes de límites dudosos radicados en el Senado de la República y que no hayan concluido su trámite; es decir, habrá una predilección por los procesos de diferendo que llevan hasta décadas en los anales del Congreso”, explicó.
El proyecto establece que en desarrollo del artículo 290 de la Constitución y “con el cumplimiento de los requisitos y formalidades que señale la ley, el Congreso de la República realizará el examen periódico de los límites de las entidades territoriales y se publicará el mapa oficial de la República”.
Igualmente determina que ese examen se debe hacer “cada 20 años mediante una diligencia de deslinde por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, a petición de todas las entidades interesadas”.
La iniciativa da un marco legal para dirimir los conflictos que en materia de límites geográficos se presentan en todas las entidades territoriales y cuando ocurran eventos que alteren la posición espacial de los elementos que conforman el límite.
El origen de tal número de controversias obedece a descripciones de límites generales, incompletas, contradictorias, ambiguas o, en algunos casos, inexistentes, lo que conlleva a controversias jurídicas sobre la jurisdicción y la posibilidad efectiva de ejercer su autonomía por desconocimiento de los límites en que está contenida la entidad territorial, lo que afecta directamente intereses o factores económicos de tributación, regalías, transferencias, y su solvencia financiera para contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas de sus habitantes, señala el proyecto.
Los instrumentos legales o normatividad en materia de deslinde con que cuenta hoy el país son la Ley 62 de 1939, sus Decretos Reglamentarios 803 de 1940 y 1751 de 1947, compilados por los Decretos 1222 y 1333 de 1986; su aplicación ha sido poco efectiva por la dificultad de conformar comisiones delimitadoras y la falta de ratificación oportuna del límite, dudoso o no, contenido en las actas de deslinde. Las actas no ratificadas han sido consideradas como un documento de trámite, sin fuerza vinculante, aun en los casos en que se ajustan a los textos normativos, señala una sentencia del Consejo de Estado de julio de 1996.
Los diferendos
En la actualidad hay 20 diferendos limítrofes entre departamentos y cerca de 13 entre municipios, pendientes de resolución desde hace años por parte del Senado, que nombra una comisión que visita la región en disputa y teniendo en cuenta también estudios técnicos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi presenta un informe que debe ser resuelto por la plenaria.
Sin embargo, este mecanismo en la práctica ha hecho agua porque la mayoría de estos diferendos se ha quedado sin resolución en los anaqueles del Senado, ya sea por intereses políticos o porque los congresistas no le dan plena importancia.
Paradójicamente, las Comisiones de Ordenamiento Territorial de Senado y Cámara hasta ahora no tienen competencia para abordar estos conflictos, pues para ese fin el Senado designa comisiones accidentales, como para el caso del litigio que sostienen los departamentos de Chocó y Antioquia por el corregimiento Belén de Bajirá.
Sin embargo, las COT, cuando son consultadas por el Senado, les hacen seguimiento a estos temas y emiten conceptos.
AMNISTÍA PREOCUPADA POR CRÍMENES CONTRA LÍDERES DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS
Ataques “pusieron de relieve la magnitud de las dificultades que quedaban por superar”.
Aunque resalta positivamente los avances de los primeros meses de la presidencia de Juan Manuel Santos y, sobre todo, el “marcado contraste con el gobierno anterior”, en su último informe Amnistía Internacional (AI) se declaró preocupada por “los ataques continuos contra defensores y defensoras de los derechos humanos, activistas y dirigentes comunitarios, especialmente contra los que trabajaban en cuestiones relacionadas con los derechos a la tierra”, crímenes que “pusieron de relieve la magnitud de las dificultades que quedaban por superar”.
Esta mirada a la situación de Colombia se enmarca, a nivel orbital, dentro de lo que AI, en la víspera de su 50 aniversario, al presentar su informe sobre la situación de los derechos humanos en el mundo, denominó “una oportunidad sin precedentes para lograr un cambio en los derechos humanos”, cambio que, sin embargo, “pende de un hilo”.
En el informe, al que tuvo acceso EL NUEVO SIGLO, consignan como “la población civil, especialmente las comunidades rurales y urbanas pobres, siguió sufriendo la peor parte del largo conflicto armado. Grupos guerrilleros, paramilitares y fuerzas de seguridad fueron responsables de abusos graves y generalizados contra los derechos humanos y de violaciones del Derecho Internacional Humanitario, incluidos crímenes de guerra”.
AI resalta cómo el presidente Santos, “que tomó posesión de su cargo en agosto, dijo que daría prioridad a los derechos humanos y a la lucha contra la impunidad. En marcado contraste con el gobierno anterior, adoptó una postura menos hostil hacia los defensores y defensoras de los derechos humanos. El nuevo gobierno presentó legislación sobre reparación a las víctimas y restitución de tierras, que según afirmó beneficiaría a los afectados por abusos contra los derechos humanos. Sin embargo, las organizaciones de víctimas y de derechos humanos expresaron sus reservas sobre la legislación, y los defensores y defensoras de los derechos humanos y dirigentes sociales siguieron siendo víctimas de amenazas y homicidios. Corrieron especial riesgo quienes hacían campaña por la devolución de las tierras apropiadas indebidamente durante el conflicto, sobre todo por grupos paramilitares. También se amenazó y se mató a defensores de los derechos humanos, jueces, abogados, fiscales y testigos relacionados con causas penales de derechos humanos, así como a víctimas y a sus familias”.
El informe de AI, que se circunscribe exclusivamente a hechos ocurridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, afirma que “en Colombia, el conflicto armado interno iniciado hacía 45 años siguió afectando gravemente a la población civil, que sufría la peor parte de las hostilidades. Miles de personas fueron víctimas de desplazamiento forzado, homicidio ilegítimo, secuestro o desaparición forzada a manos de la guerrilla, las fuerzas de seguridad y los paramilitares. Las partes en conflicto atacaban a los grupos más marginados: las comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas, y las comunidades urbanas pobres”.
En su documento, AI reitera que las promesas del presidente Santos “de dar prioridad a los derechos humanos y a la lucha contra la impunidad suscitaron la esperanza de que su gobierno mostrara la voluntad política necesaria para hacer frente a la larga crisis de derechos humanos del país. Sin embargo, los ataques continuos contra defensores y defensoras de los derechos humanos, activistas y dirigentes comunitarios, especialmente contra los que trabajaban en cuestiones relacionadas con los derechos a la tierra, pusieron de relieve la magnitud de las dificultades que quedaban por superar”.
Al examinar el tema de “justicia e impunidad”, AI precisa que “en varios países latinoamericanos, sobre todo del Cono Sur, se hicieron avances continuos y significativos en los esfuerzos por llevar ante la justicia a algunos de los responsables de las violaciones graves y generalizadas de derechos humanos cometidas durante regímenes militares anteriores”.
En ese contexto, AI señala el caso del coronel retirado Luis Alfonso Plazas, “condenado en junio a 30 años de prisión por la desaparición forzada de 11 personas en 1985, después de que el Ejército asaltara el Palacio de Justicia, donde el grupo guerrillero M-19 retenía a varias personas como rehenes”.
“Sin embargo”, frente a estos avances, anota AI, se presentaron serios obstáculos “por la falta de colaboración de las instituciones militares con las investigaciones sobre violaciones de derechos humanos y, en ocasiones, por su resistencia directa a dichas investigaciones”.
Es así como “en México y Colombia”, añade AI, “el sistema de justicia militar continuó reclamando la jurisdicción sobre casos de presuntas violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas”.
“La nueva legislación de Colombia y las reformas legales propuestas en México no garantizaban que todas las violaciones de derechos humanos quedaban excluidas de la jurisdicción militar, pese a los claros indicios de falta de independencia e imparcialidad de los tribunales y fiscales militares”, reclamó AI
SE CALIENTA DEBATE ANTES DE PRUEBA FINAL PARA LEY DE VÍCTIMAS
La prueba final que deberá sortear el proyecto de ley de reparación a víctimas del conflicto armado será la próxima semana en la Plenaria del Senado, y desde ya empieza a calentarse el debate.
El senador del Polo Democrático, Luis Carlos Avellaneda, ratificó su retiro de la ponencia mayoritaria, argumentando que persisten deficiencias como, por ejemplo, la definición limitada de víctima que contraviene los principios del Derecho Internacional Humanitario, así como la fecha del primero de enero de 1985 para el reconocimiento de la condición de víctima, que es excluyente.
De igual manera, el Congresista aseguró que no contempla medidas integrales de reparación que incluyan restitución patrimonial, y el texto confunde medidas de reparación con las de atención, asistencia humanitaria y servicios sociales.
Según Avellaneda, la iniciativa tampoco contempla medidas especiales para la protección de colectivos sociales como los sindicatos.
Conforme a estos reparos, el senador Avellaneda radicó ponencia alterna en la Secretaría de Senado, con la cual busca solucionar los graves vacíos que trae la propuesta mayoritaria y así generar un escenario real de reparación integral y restitución de tierras, acorde con las demandas y necesidades de las víctimas.
Dijo que de esta manera la propuesta alterna avanza en aspectos como víctimas, de la cual se da una definición amplia que incluye las de la violencia socioeconómica, persecución a organizaciones políticas o gremiales, genocidio, víctimas de las guerrillas, el narco paramilitarismo, crímenes de Estado, y los neoparamilitares, y también hace énfasis en la sostenibilidad.
De otro lado, ya como muchos lo han sostenido, en este último debate será discutida la propuesta hecha por el senador Roy Barreras de incluir en el proyecto una cláusula en la que la víctima se comprometa a no demandar al Estado por los mismos hechos por los cuales fue ya reparada administrativamente. Varios expertos constitucionalistas le dijeron a EL NUEVO SIGLO que de ser aprobada esta proposición, viciaría la iniciativa
REVISTA SEMANA
LOS EFECTOS DE LA CAÍDA DEL CÓDIGO MINERO
El páramo de Santurbán y sus alrededores ostenta una importante riqueza natural y mineral. La explotación minera, sin embargo, está prohibida en el nuevo Código Minero que estará vigente por dos años más.
La Corte Constitucional declaró inconstitucional la ley, pero difirió el efecto de la sentencia dos años. Para los ambientalistas es una "oportunidad", pero para los mineros genera incertidumbre.
Como era previsible, la Corte Constitucional decidió declarar inexequible la ley 1382 de 2010, conocida como el Código Minero. La decisión se conoció este miércoles en la noche.
La ley pretendía reformar el Código Minero creado en 2005, sin embargo, al alto tribunal consideró que en el trámite legislativo no se consultó a las comunidades indígenas. Por tratarse de una ley que afecta a las minorías étnicas es necesario atender al derecho a la consulta previa como lo ha reiterado la Corte en varias de sus sentencias.
En entrevista con Caracol Radio, el presidente del alto tribunal Juan Carlos Henao explicó que una de las funciones de la Corte es velar por el cumplimiento de los tratados internacionales. Henao mencionó que el convenio 169 de la OIT “obliga a la consulta previa, que no es vinculante, o sea que lo que digan las comunidades no tiene que quedar en la ley, pero sí se hace la consulta se hace más democrática la ley”.
Según Henao, la sentencia de la Corte Constitucional difirió los efectos de la ley dos años.
“La Corte declaró inconstitucional el código pero debido a que habían temas muy relevantes sobre todo en materia ambiental, de licencias, de protección a páramos, se difirió el efecto de la sentencia para que en dos años el Congreso vuelva a tramitar la consulta que no se hizo y la ley que sí se hizo”.
Los efectos de la sentencia
El Código Minero que fue declarado inexequible contenía un artículo que protegía de la explotación minera a los páramos y los parques naturales. Además, con el desastre causado por el invierno, el tema de la protección del medio ambiente se puso en el centro de la discusión política, de un lado estaban los ambientalistas y de otro el sector minero.
Para María Victoria Duque, subdirectora de Razonpublica.com y defensora del medio ambiente, la noticia del hundimiento de la ley es alentadora en tanto que le da dos años al Congreso para volver a discutir la ley.
“Aún cuando la ley contenía una mención explícita a la protección de los páramos y parques naturales, hay otras leyes que vienen desde 1974 que ayudan a proteger esos ecosistemas”, explicó.
En su criterio, el plazo que estableció la Corte da lugar a retomar otros aspectos de la discusión que no fueron tenidos en cuenta. “Por ejemplo, si no se cambia el artículo 13 no hacemos nada”.
Duque se refería al artículo del código declarado inexequible que dice que la minería es “de utilidad pública y de interés social”. Para ella, ese artículo abre la posibilidad de que se expropien bienes de personas que tienen sus terrenos en zonas donde una empresa nacional o transnacional tenga fines de explotación minera.
“Esta es una gran oportunidad para evaluar qué tipo de minería queremos. Podemos pensar en una minería ambientalmente responsable, fiscalmente sostenible y socialmente solidaria”, indicó.
Los mineros esperaban la declaratoria de inexequibilidad de la ley porque según ellos les estaba causando algunos perjuicios. Con lo que no contaban es con que la ley estará vigente otros dos años mientras el Congreso atiende a los requerimientos de la Corte que lo obligan a hacer una consulta con las comunidades indígenas “libre e informada”.
Para Jairo Herrera, director del portal Información Minera Colombiana, la repuesta de la Corte “llegó un poco tarde”. En su criterio esta ha sido perniciosa para el sector.
Por ejemplo, la ley estableció que para comenzar la exploración minera en un territorio, una persona debía pagar al cabo de tres días de expedida la autorización un “canon superficiario” por un año.
Este pago es una contraprestación al Estado por el permiso para comenzar la exploración del área. Quienes no habían pagado el canon del primer año se les dio un plazo de tres meses para hacerlo a partir de la entrada en vigencia de la ley.
En criterio de Herrera, la aplicación de la ley incrementó los trámites y obligó a adelantar pagos de los cánones a los mineros sin que tuvieran una claridad jurídica.
“Lo que sí es cierto es que esa ley poco le aportaba al país y a la minería y a Ingeominas”, dijo.
Según él, el debate sobre la protección a los ecosistemas ya no debería existir, pues las zonas de protección deberían estar definidas claramente.
Herrera explicó, por ejemplo, que la ley protegía los páramos y los parques naturales, pero esos sitios no están definidos claramente porque, según él, el Ministerio de Ambiente todavía no ha hecho esa tarea. “Lo que hay que decidir es si el país está o no a favor del desarrollo de la minería”, agregó.
También expresó que había dudas sobre los efectos de la inexequibilidad de la ley, pues “es extraño que se declare inconstitucional pero solo hasta dentro de dos años”.
“¿Qué va a pasar con la gran inversión que hizo Greystar, por ejemplo en la exploración en Vetas y California?” se preguntó.
Herrera se refería al hecho de que en Santander la compañía Greystar había hecho exploración desde hace varios años y había solicitado la licencia ambiental para comenzar la explotación. El problema era que parte de ese proyecto se encontraba en la zona del páramo de Santurbán.
Por eso, desde que la Corte avocó la demanda contra el Código Minero se generó una gran expectativa entre los mineros y los ambientalistas por el futuro de la ley.
No obstante, ante la presión, la compañía canadiense decidió cambiar a su gerente y nombró al exministro Rafael Nieto Loaiza, quien anunció que habrá un nuevo proyecto que “no tocará el páramo”, según informó el diario Vanguardia Liberal este jueves.
En otras palabras, comienza una nueva discusión sobre el futuro de la minería, en un momento diferente a cuando arrancó la discusión de la norma. La preocupación por el medio ambiente ha cobrado vital importancia, pero también hay una clara intención del gobierno de desarrollar el sector para impulsar la economía.
CARACOL RADIO
PLAZAS VEGA DESCALIFICÓ CONDENA CONTRA ARIAS CABRALES
Durante el lanzamiento de su libro desaparecidos, el negocio del dolor, el coronel en retiro Alfonso Plazas Vega, quien recibió un permiso para presentarlo en una rueda de prensa en su sitio de reclusión, la Escuela de Infantería, descalificó el fallo condenatorio de 35 años de cárcel, emitido por la juez María Cristina Trejos, contra el general Jesús Armando Arias Cabrales.
Según Plazas Vega, cada vez que hay una duda, las autoridades judiciales han culpado a los militares, e incluso aseguro que hay desaparecidos que nunca lo fueron.
A lo largo del libro, Plazas Vega plantea que los funcionarios de la cafetería fueron asesinados por el M-19 en complicidad con el narcotráfico y asegura que ahora esos grupos criminales quieren inculpar de sus crímenes a los militares, empezando por el mismo.
JUDICATURA SANCIONÓ A UN JUEZ POR NO ENTREGAR LAS ESTADÍSTICAS DE SU GESTIÓN
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sancionó con un mes de suspensión en el cargo al Juez 37 Civil del Circuito de Bogotá, Hugo Hernando Moreno Munévar, por faltar a sus deberes de entregar estadísticas sobre la gestión de su despacho.
Con ponencia de la magistrada Julia Emma Garzón de Gómez, la Sala Disciplinaria declaró que la carga laboral que tienen los jueces civiles del circuito de Bogotá no es excusa para que un juez falte a otros deberes como funcionarios judiciales.
La queja contra el juez Moreno fue presentada en su momento por la magistrada de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, María Leonor Villamizar Corzo, quien puso en conocimiento que revisando la base de datos, el mencionado funcionario no había reportado las estadísticas de su despacho correspondientes al segundo, tercero y cuarto trimestre del año 2006, y segundo trimestre del 2007.
“No pueden ser de recibo para esta Superioridad las alegaciones del disciplinado, pues en nada tenía injerencia la excesiva carga laboral con que contaba el despacho a su cargo con la tardanza en remitir las estadísticas de producción dentro de los términos legales… La obligación de remitir las estadísticas recae en el operador judicial a cargo del despacho y no en la Secretaría del mismo”, señaló la providencia.
En el fallo, la Sala Disciplinaria ordenó el cambio de la sanción impuesta a título de culpa contra del Juez, a multa por su equivalente al salario del funcionario al momento de los hechos, en caso que Moreno Munévar no ejerza como funcionario judicial.